Marco Jurídico Asuntos Electorales
Reglamento Interior del Congreso del Estado de Tlaxcala
Artículo 39. Corresponde a la Comisión de Asuntos Electorales:
I. Elaborar el proyecto de convocatoria para elecciones extraordinarias, conforme a la legislación en la materia, cuando los órganos electorales competentes hayan declarado nulas o empatadas las elecciones ordinarias;
II. Elaborar los proyectos de iniciativa de reformas y adiciones a la Constitución, Código Electoral y demás Leyes en materia electoral, y
III. Elaborar los proyectos con dictamen de Decreto o Acuerdos sobre los asuntos que le competan de acuerdo a la legislación electoral.