Marco Jurídico Equidad y Género

Marco Jurídico Equidad y Género

Reglamento Interior del Congreso del Estado de Tlaxcala

Artículo 48. A la Comisión de Equidad y Género le corresponde:

I. Efectuar los estudios y análisis de la legislación a efecto de propiciar la equidad e igualdad de oportunidades entre los géneros y la definición de los mecanismos para su consecución;

II. Establecer mecanismos de enlace y coordinación con las Instituciones y Organismos Públicos y Privados, Nacionales e Internacionales para fomentar una conciencia de respeto y equidad de género, y

III. Proponer las Leyes necesarias para la prevención y erradicación de la violencia hacia los géneros y las llamadas minorías sociológicas.