Marco Jurídico Fomento Agropecuario y Desarrollo Rural
Reglamento Interior del Congreso del Estado de Tlaxcala
Artículo 50. A la Comisión de Fomento Agropecuario y Desarrollo Rural, le corresponde:
I. Gestionar y difundir programas que contribuyan a beneficiar al sector agropecuario en la producción y comercialización de los productos;
II. Conocer de los asuntos relacionados con el desarrollo agropecuario y forestal en beneficio y mejoramiento de los ejidatarios, productores, comuneros y pequeños propietarios del medio rural, y
III. Proponer la actualización y mejoramiento de los planes de desarrollo rural, agropecuario y forestal que sean de la competencia del Estado.