Marco Jurídico Comisión de Salud
Reglamento Interior del Congreso del Estado de Tlaxcala
Artículo 59. A la Comisión de Salud le corresponde:
I. Coadyuvar con las autoridades de salud en la implementación de programas sobre asistencia social y salud, y
II. Colaborar con los organismos públicos y privados de salud en el Estado.