Marco Jurídico Turismo
Reglamento Interior del Congreso del Estado de Tlaxcala
Artículo 62. Corresponde a la Comisión de Turismo:
I. Conocer de la política en materia de turismo del Estado, y
II. Coadyuvar en los programas que realicen las dependencias del Gobierno del Estado en materia de turismo.