Marco Jurídico Desarrollo Económico
Reglamento Interior del Congreso del Estado de Tlaxcala
Artículo 53. Corresponde a la Comisión de Desarrollo Económico:
I. Intervenir en los asuntos que tengan por objeto regular el desarrollo de las actividades económicas, sean del sector público o del privado;
II. Proponer las medidas necesarias en materia de política de desarrollo económico integral y de beneficio social del Estado, y
III. Elaborar los dictámenes con proyecto de decreto respecto a solicitudes del Ejecutivo del Estado o de los ayuntamientos, para ejercer actos de dominio o enajenación sobre inmuebles que tengan o puedan tener usos en apoyo al desarrollo económico de la entidad.