Categoría: Comunicación Social

FORTALECE CONGRESO DEL ESTADO LA LEY PARA PREVENIR Y COMBATIR LA VIOLENCIA ESCOLAR

Con la intención de contar con una ley más eficaz, Diputadas y Diputados locales adecuaron la Ley para Prevenir y Combatir la Violencia Escolar en el Estado de Tlaxcala.

En la sesión extraordinaria celebrada este jueves, las y los integrantes de la LXIII Legislatura adicionaron los artículos 9 Bis y 9 Ter al ordenamiento en mención, para precisar los mecanismos que se tienen que seguir cuando alguna persona sea víctima de violencia escolar.

El artículo 9 Bis establece que: “Toda denuncia deberá ser atendida y se formulará por la autoridad escolar correspondiente, a solicitud del estudiante o estudiantes afectados, y en su caso, por el conocimiento de hechos de violencia en agravio de algún estudiante”.

En tanto que el artículo 9 Ter enlista la información que deberá contener la denuncia. Los requisitos son: el nombre de la víctima y del presunto agresor, y las generalidades de ambos; nombre del testigo o testigos si existieren; descripción detallada del incidente; ubicación del lugar en donde ocurrió el incidente; y la indicación sobre la presencia de lesiones físicas y su descripción.

APRUEBA CONGRESO DEL ESTADO REFORMA A LA LEY DEL NOTARIADO

Diputadas y Diputados locales reformaron en sesión extraordinaria pública celebrada este jueves, la Ley del Notariado para el Estado de Tlaxcala.

La adecuación aprobada por mayoría de votos, establece la temporalidad para que el Ejecutivo del estado pueda expedir la patente de notario titular cuando se haya declarado la ausencia, separación voluntaria o falta definitiva por fallecimiento o interdicción del profesional.

La redacción del último párrafo del artículo 49 de esa normatividad quedó de la siguiente manera: “En caso de declaración de ausencia, separación voluntaria o falta definitiva por fallecimiento o interdicción del titular, el Notario Auxiliar sustituirá definitivamente al titular con igual capacidad de actuar; haciendo del conocimiento de la Secretaría este supuesto, para que, de no existir impedimento en términos de esta Ley, se solicite al Ejecutivo la expedición de la Patente de Notario titular. En estos casos el Ejecutivo contará con el término de un año para la expedición de la Patente de Notario Titular; de no cumplirse esta expedición en el término contemplado, la patente se cancelará automáticamente”.

La reforma entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado.

TIPIFICA CONGRESO DE TLAXCALA LOS CRÍMENES DE ODIO

  • La LXIII Legislatura también validó una reforma que garantiza los derechos de las personas que transiten por Tlaxcala

Con las reformas aprobadas al Código Penal y Código Civil del Estado de Tlaxcala, las y los integrantes de la LXIII Legislatura tipificación los crímenes de odio y garantizaron el acceso y respeto a los derechos de las personas que transiten por territorio tlaxcalteca.

En un primer momento, el Pleno del Congreso del estado validó una reforma al Código Penal para sancionar el homicidio y las lesiones calificadas, cuando se cometan con odio, a fin de brindar la más amplia protección a las personas en situación de vulnerabilidad.

Además, las y los legisladores agregaron la fracción XI al artículo 239 del Código Penal, para establecer que existe odio cuando: “el sujeto activo lo comete por prejuicio, por uno o más de los siguientes motivos: el origen étnico o nacional, el color de la piel, la cultura, el sexo, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, económica, de salud o jurídica, la religión, la apariencia física, las características genéticas, la situación migratoria, el embarazo, la lengua, las opiniones, las preferencias sexuales, la identidad o filiación política, el estado civil, la situación familiar, las responsabilidades familiares, el idioma o los antecedentes penales de la víctima”.

Por otra parte, el Pleno de la LXIII Legislatura también aprobó una reforma al Código Civil local para hacer efectivo el derecho de accesibilidad a los actos del estado civil de las personas que se encuentren dentro del territorio tlaxcalteca.

De esta manera, el artículo 15 de dicho ordenamiento refiere que: “las leyes del Estado de Tlaxcala benefician e imponen derechos y deberes a todas las personas que se hallen en cualquier parte del territorio de éste, sean tlaxcaltecas o no, tengan su domicilio o su residencia en él o sean transeúntes, nacionales o extranjeros, pero respecto de los extranjeros se observará además lo dispuesto por las leyes federales”.

Con esta reforma, los oficiales del registro del Estado Civil deberán guardar la confidencialidad y secrecía sobre la situación migratoria de las personas extranjeras e independientemente de su situación migratoria, deberán autorizar los actos del estado civil que les soliciten.

De la misma manera deberán expedir las actas relativas a nacimiento, reconocimiento de hijos, matrimonio, divorcio y muerte, basándose para ello en la documentación completa que le sea presentada y que obre en poder de los solicitantes.

 

VALIDA CONGRESO DE TLAXCALA REFORMA PARA FORTALECER LA RELACIÓN ENTRE LOS PODERES LEGISLATIVO Y EJECUTIVO

Para fortalecer la colaboración entre los poderes Legislativo y Ejecutivo, el Congreso de Tlaxcala validó una reforma a la Ley Orgánica de esta soberanía para simplificar el trámite legislativo de acciones gubernamentales sobre temas prioritarios que requiera el Estado.

La reforma que otorga a la persona titular del Ejecutivo local, la posibilidad de presentar hasta dos iniciativas para trámite preferente el día de la apertura de cada periodo ordinario de sesiones, permitirá la corresponsabilidad entre el Congreso y el Poder Ejecutivo local, en la construcción de la democracia socialmente eficaz.

“Desde el punto de vista del trabajo legislativo, es un espacio de prioridades dentro de la agenda legislativa para que se discutan aquellos asuntos que por su naturaleza representen prelación para el Titular del Poder Ejecutivo del Estado, sin que ello vulnere la división de poderes, dado que el proceso legislativo continúa de forma ordinaria”, establecen las consideraciones expuestas por las y los Legisladores locales en la sesión extraordinaria de este jueves.

Las adecuaciones validadas establecen que las reformas o adiciones a la Constitución del Estado no podrán tener el carácter de preferentes, por lo que los proyectos que se presenten para modificar una o varias leyes deberán justificar los motivos de interés del estado.

La Comisión o Comisiones dictaminadoras deberán discutir y votar las iniciativas en un plazo improrrogable máximo de 20 días naturales, contados a partir de su presentación o de que se reciba el oficio del Ejecutivo Estatal.

La Legislación aprobada refiere que si transcurre el plazo de 20 días sin que se formule el dictamen correspondiente, la Mesa Directiva deberá incluir antes de los 30 días naturales posteriores a su presentación, ese proyecto en el primer asunto del orden del día de la siguiente sesión para su análisis y votación correspondiente, sin que medie mayor trámite.

 

NOMBRA CONGRESO DEL ESTADO A ANEL BAÑUELOS COMO MAGISTRADA INTERINA DEL TSJE

El Pleno de la LXIII Legislatura del Congreso de Tlaxcala, nombró y tomó protesta a Anel Bañuelos Meneses como magistrada interina del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Tlaxcala.

En la sesión extraordinaria celebrada este jueves, las y los Legisladores locales consideraron que Aída Báez Huerta, Rossana Rubio Marchetti y Anel Bañuelos son aptas para ocupar el cargo, sin embargo, la última es la que posee mayores atributos para atender temporalmente la ponencia de la Sala Penal y Especializada en Administración de Justicia para Adolescentes del Tribunal Superior de Justicia del Estado.

“Se concluye que la persona propuesta que mostró mayor precisión en sus respuestas, claridad de pensamiento, seguridad personal y un temperamento de mayor temple, cualidades que garantizan mejores condiciones para la toma de decisiones transcendentes, independencia e imparcialidad en el quehacer jurisdiccional, es la aspirante Anel Bañuelos Meneses, por lo que se propone que a ella se le nombre Magistrada interina del Tribunal Superior de Justicia del Estado”, justificaron las y los Diputados locales.

Después de haber aprobado el dictamen, el Pleno de la LXIII Legislatura tomó protesta a Anel Bañuelos Meneses para que pueda ejercer de manera inmediata sus funciones y hasta en que cese la causa que la motivó, es decir, cuando se resuelva en definitiva lo concerniente a la situación jurídica del nombramiento de Mario Antonio de Jesús Jiménez Martínez al cargo de Magistrado, o hasta en tanto se resuelva el procedimiento de designación respectivo.

APRUEBA CONGRESO DEL ESTADO REFORMAS A TRES ORDENAMIENTOS LOCALES

El Pleno del Congreso del Estado de Tlaxcala reformó por mayoría de votos durante la sesión extraordinaria de este viernes, tres ordenamientos locales: el Código Civil, la Ley del Notariado y la Ley de Mecanismos Alternativos para la Solución de Controversias.

Las reformas validadas tienen la intención no únicamente de impartir justicia de forma rápida, eficaz, pronta y expedita, sino que propiciarán la generación de empleos y la resolución de una gran cantidad de asuntos.

La reforma a la Ley del Notariado para el Estado de Tlaxcala, permitirá a los Notarios Públicos mediar y conciliar; pero, además, adecúa las disposiciones relativas a los requisitos que deben acreditar quienes pretendan obtener una patente de notario auxiliar que expida el Ejecutivo del estado.

Por cuanto hace a las enmiendas a la Ley de Mecanismos Alternativos, son para que lo resuelto ante el fedatario público, adquiera categoría de cosa juzgada, siempre y cuando existan mecanismos de interrelación entre los Notarios Públicos y el Centro Estatal de Justicia Alternativa del Poder Judicial del Estado de Tlaxcala.

Los proyectos validados por los legisladores propician una serie de acciones encaminadas a generar eficazmente, lo necesario para certificar y acreditar a facilitadores públicos y privados.

EXHORTA CONGRESO DEL ESTADO AL GOBERNADOR DEL ESTADO, PARA QUE EXPIDA EL REGLAMENTO DE LEY QUE PROTEGE A LAS FAMILIAS MIGRANTES

El Pleno de la LXIII Legislatura del Congreso del Estado, exhortó al titular del Poder Ejecutivo local, para que expida el Reglamento de la Ley de Protección y Atención a los Sujetos Migrantes y sus Familias para el Estado de Tlaxcala.

Lo anterior, debido a que la Ley de Protección y Atención para los Sujetos Migrantes y sus Familias del Estado de Tlaxcala, que entró en vigor el 12 de enero de 2017, establece en su artículo tercero transitorio, que el titular del Ejecutivo deberá expedir dentro de los noventa días hábiles, posteriores a su entrada en vigor, el reglamento correspondiente, situación que hasta el momento no se ha cumplido.

Por ello, los Legisladores exhortaron al Ejecutivo Local para expedir el citado reglamento, con la finalidad de que los ordenamientos legales que protegen a los  sujetos migrantes en el estado, estén adecuados a una realidad y evitar que se encuentren en estado de vulnerabilidad.

Cabe señalar que este ordenamiento tiene por objeto proteger, promover y garantizar los derechos de los sujetos migrantes y sus familias, así como disponer la implementación de políticas públicas a su favor, en el marco de una valoración integral de los derechos humanos.

CREA CONGRESO DEL ESTADO NUEVA LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE TLAXCALA

Con el objetivo principal de garantizar el bienestar de todos los tlaxcaltecas a partir de la regulación de la organización, funcionamiento y coordinación de la administración pública, integrantes de la LXIII Legislatura del Congreso del Estado, crearon la nueva Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Tlaxcala,

La nueva Ley busca impulsar un gobierno responsable que combata las injusticias sociales e impulse el crecimiento económico sin afectar la convivencia pacíficas, los lazos de solidaridad social, la diversidad política y cultural.

La normatividad aprobada en la sesión extraordinaria del Congreso del Estado, establece que, a partir del próximo 1 de septiembre, iniciarán sus funciones las nuevas Secretarías de Finanzas, la de Infraestructura, la de Movilidad y Transporte, la de Medio Ambiente, la de la Función Pública y la Coordinación General de Planeación e Inversión.

Mientras que para el 1 de enero de 2022, iniciarían sus funciones la Secretaría de Bienestar, la Secretaría de Ordenamiento Territorial y Vivienda, la Secretaría de Trabajo y Competitividad, la Coordinación General de Comunicación y la Secretaría de Cultura.

Con la nueva legislación desaparece la Secretaría de Políticas Públicas y Participación Ciudadana; la de Secretaría de Obras Públicas, Desarrollo Urbano y Vivienda; la Secretaría de Comunicaciones y Transportes; y la Contraloría del Ejecutivo.

De la misma manera, después de su entrada en vigor, la Oficialía Mayor de Gobierno tendrá que elaborar y efectuar en un periodo de 120 días naturales, el Programa de Reingeniería Gubernamental del Estado de Tlaxcala, que tendrá como propósito establecer las bases, términos y condiciones de la reingeniería de la administración pública, según los conceptos y alcances que fije el Ejecutivo del Estado.

Esa misma dependencia deberá formular e instrumentar el Plan de Reestructura de la Administración Pública Estatal, que tendrá como propósito desaparecer, fusionar, liquidar o reformar todas aquellas entidades, ya sean organismos descentralizados u órganos desconcentrados, a fin de evitar duplicidad de funciones y disponer de los recursos públicos de manera racional y con base en los principios de austeridad, eficiencia y eficacia.

Para el cumplimiento de esta Ley, el Titular del Ejecutivo Estatal, a través de las instancias competentes, podrá reorganizar la estructura de las dependencias creando, fusionando, escindiendo o disolviendo las unidades administrativas y oficinas necesarias; asimismo, podrá trasladar o crear las nuevas unidades administrativas y oficinas que resulten necesarias, realizando las adecuaciones presupuestales de conformidad con lo estipulado en el Presupuesto de Egresos.

CREA LA LXIII LEGISLATURA LA LEY DE ASOCIACIONES PÚBLICO PRIVADAS

La LXIII Legislatura del Estado de Tlaxcala creó la Ley de Asociaciones Público Privadas, que tiene como objetivo impulsar el desarrollo de nuevos proyectos de infraestructura, incentivar la inversión, atender necesidades sociales e impulsar el empleo y el crecimiento económico de manera ágil.

La norma que contiene 12 capítulos, 137 artículos y siete artículos transitorios, no únicamente armoniza sus disposiciones con la Ley de Asociaciones Público Privada, sino que regula los esquemas de vinculación que son diversos a la contratación tradicional de obra pública y de servicios relacionados.

Uno de los propósitos de la Ley aprobada en la sesión extraordinaria de este viernes, es regular los actos relativos a la planeación, programación, presupuestación, autorización, adjudicación, contratación, ejecución y control de los proyectos de asociación público privada que realicen las Unidades Contratantes del Estado con el sector privado.

Entre las ventajas de la legislación aprobada por mayoría de votos, se encuentra la aceleración en la provisión de infraestructura, la implementación de los proyectos en menos tiempo y con menor costo; la distribución eficiente de los riesgos, mayores incentivos y una mejor calidad en el servicio; la generación adicional de ingresos; y la mejor gerencia de gobierno y valor por dinero.

Los proyectos de asociaciones público privadas regulados por la Ley son aquéllos que se realicen para establecer una relación contractual de largo plazo entre las Unidades Contratantes y el sector privado, para la prestación de servicios al sector público, mayoristas, intermediarios o al usuario final y en los que se podrá utilizar infraestructura proporcionada total o parcialmente por el sector privado con objetivos que fomenten el bienestar social.

Los esquemas de asociación público-privada pretenden satisfacer necesidades colectivas con la participación conjunta del sector público y el sector privado, procurando una transferencia equitativa de riesgos entre uno y otro, a través de mecanismos flexibles que se traducen en una gran variedad de modalidades, según las necesidades de cada proyecto.

La nueva Ley propiciaría también mayor seguridad y certeza jurídicas tanto para los particulares interesados como para los servidores públicos que intervengan en el desarrollo de estos proyectos que, por su naturaleza, requieren de largos períodos de maduración y desarrollo.

El Ejecutivo del Estado contará con 90 días hábiles a partir de la entrada en vigor de la norma, para expedir el reglamento correspondiente, pero, además, la Secretaría de Planeación y Finanzas del Estado de Tlaxcala, está autorizada para constituir un fideicomiso de administración y fuente de pago o modificar el Fideicomiso Público de Administración del Impuesto sobre Erogaciones por Remuneraciones al Trabajo Personal, para el cumplimiento de los fines de la norma.

VALIDA CONGRESO DEL ESTADO REFORMA A LA LEY ORGÁNICA DEL PODER LEGISLATIVO

El Pleno de la LXIII Legislatura también tomó protesta a Jorge López Márquez como contralor interno para un periodo de siete años.

Integrantes de la LXIII Legislatura de Tlaxcala, reformaron la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado, a fin de crear el Órgano de Control Interno, figura que busca mejorar las prácticas en el manejo de los recursos y en el ejercicio de la administración interna del Congreso local.

En la sesión extraordinaria celebrada este viernes, los Legisladores locales coincidieron que esta reforma consolida los mecanismos de vigilancia del servicio público en el Congreso del Estado, con la posibilidad de contar con los perfiles idóneos, conocedores del marco normativo aplicable y cuya labor de vigilancia será determinante en la construcción de credibilidad, de cumplimiento a la ley y de castigo a funcionarios corruptos, atendiendo a la exigencia social.

La modificación también refuerza el Control hacía el interior del Congreso, con el propósito de lograr cada vez mejores prácticas en el manejo de los recursos y en el ejercicio de la administración interna del mismo, a efecto de los titulares de las Comisiones y los Órganos Técnicos del Congreso, tengan un reconocimiento y mejores herramientas legales para llevar a cabo acciones efectivas de control interno.

Además de los requisitos legales y funciones del titular del Director del Órgano de Control Interno, los Diputados locales establecieron que éste se encargará de la toma de decisiones relativas al cumplimiento de objetivos y políticas institucionales así como de la inspección, supervisión y evaluación del correcto manejo de los recursos y de la disciplina presupuestaria, la modernización continua y el desarrollo eficiente de la gestión administrativa al interior del Congreso.

Con la reforma que entró en vigor después de su validación, el Pleno de la LXIII Legislatura designó por única ocasión a propuesta de la Junta de Coordinación y Concertación Política, a Jorge López Márquez como contralor interno a partir de este viernes 20 de agosto y hasta el 19 de agosto del 2028.