COMUNICADO 641 LXV LEGISLATURA 26 DE FEBRERO 2026
Congreso del Estado expide Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Tlaxcala
En el desarrollo de la Décima Tercera Sesión Ordinaria, las diputadas y diputados integrantes de la LXV Legislatura aprobaron el Dictamen con Proyecto de Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Tlaxcala, emitido por la Comisión de Puntos Constitucionales, Gobernación y Justicia y Asuntos Políticos que preside el diputado Jaciel González Herrera, acerca de la iniciativa propuesta por la titular del Poder Ejecutivo del Estado.
Al hacer el estudio, la comisión dictaminadora consideró necesario armonizar el marco jurídico estatal con la legislación federal en materia de transparencia, a fin de fortalecer el derecho humano de acceso a la información pública. Se destacó que la nueva Ley permitirá a cualquier persona conocer de manera clara, completa y verificable la actuación de las autoridades mediante procedimientos accesibles y homogéneos para todos los sujetos obligados.
En la exposición de motivos, se resalta la necesidad de expedir el nuevo ordenamiento para actualizar obligaciones y armonizar los procedimientos conforme a la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública. La Ley Local establece reglas para la organización, conservación, publicación y entrega de información pública; define las obligaciones de transparencia comunes y específicas; fijas plazos de respuesta; prevé la orientación a solicitantes, y establece facultades de verificación para las autoridades garantes, con el propósito de otorgar certeza jurídica tanto a instituciones como a la ciudadanía.
Asimismo, la legislación garantiza mecanismos accesibles para presentar solicitudes, recibir respuestas oportunas y, en su caso, impugnar determinaciones de los sujetos obligados, lo que permitirá a la población ejercer plenamente su derecho al acceso a la información pública para vigilar el quehacer institucional y participar informadamente en la vida pública.
Tras la aprobación del Dictamen con Proyecto de Ley, se instruyó su remisión al titular del Poder Ejecutivo para su sanción y publicación correspondiente.

