Día: 14 agosto, 2026

Aprueba Congreso dictámenes de 23 cuentas públicas del ejercicio fiscal 2025

COMUNICADO 826 LXV LEGISLATURA 14 DE AGOSTO DE 2026

Aprueba Congreso dictámenes de 23 cuentas públicas del ejercicio fiscal 2025

En Sesión Extraordinaria Pública, las diputadas y diputados de la LXV Legislatura del Congreso del Estado de Tlaxcala aprobaron los dictámenes de las cuentas públicas de los Poderes del Estado, Entidades Paraestatales, Organismos Autónomos, Organismos Públicos Descentralizados no sectorizados y Comisiones de Agua Potable y Alcantarillado Municipales, remitidos por la Comisión de Finanzas y Fiscalización, que preside el diputado Bladimir Zainos Flores.

Los dictámenes de las cuentas públicas aprobados corresponden al periodo comprendido del 1 de enero al 31 de diciembre del ejercicio fiscal 2025. Algunas de estas cuentas fueron fiscalizadas de forma segmentada, por lo que se precisa el periodo fiscalizado y el sentido del dictamen correspondiente:

  • Poder Legislativo (Congreso del Estado y Órgano de Fiscalización Superior): aprobatorio.
  • Poder Ejecutivo del Estado de Tlaxcala (incluye Despacho de la Gobernadora, Secretarías, Coordinaciones e Institutos del Ejecutivo): aprobatorio.
  • Poder Judicial del Estado:
    • Del 1 de enero al 31 de agosto de 2025: aprobatorio.
    • Del 1 de septiembre al 31 de diciembre de 2025: aprobatorio.
  • Universidad Politécnica de Tlaxcala: aprobatorio.
  • Universidad Politécnica de Tlaxcala Región Poniente: aprobatorio.
  • Universidad Tecnológica de Tlaxcala: aprobatorio.
  • Universidad Intercultural de Tlaxcala: aprobatorio.
  • Archivo General e Histórico del Estado de Tlaxcala: aprobatorio.
  • Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de Tlaxcala: aprobatorio.
  • Universidad Autónoma de Tlaxcala: aprobatorio.
  • Comisión Estatal de Derechos Humanos: aprobatorio.
  • Instituto Tlaxcalteca de Elecciones: aprobatorio.
  • Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Tlaxcala:
    • Del 1 de enero al 30 de junio de 2025: aprobatorio.
  • Tribunal de Conciliación y Arbitraje del Estado de Tlaxcala:
    • Del 1 de enero al 31 de agosto de 2025: no aprobatorio.
    • Del 1 de septiembre al 31 de diciembre de 2025: aprobatorio.
  • Tribunal Electoral de Tlaxcala:
    • Del 1 de enero al 13 de noviembre de 2025: aprobatorio.
    • Del 14 de noviembre al 31 de diciembre de 2025: aprobatorio.
  • Fiscalía General de Justicia del Estado de Tlaxcala: aprobatorio.
  • Secretaría Ejecutiva del Sistema Anticorrupción del Estado de Tlaxcala:
    • Del 1 de enero al 28 de agosto de 2025: aprobatorio.
    • Del 29 de agosto al 31 de diciembre de 2025: aprobatorio.
  • Patronato para las Exposiciones y Ferias en la Ciudad de Tlaxcala: aprobatorio.
  • Comisión de Agua Potable y Alcantarillado del Municipio de Apizaco: no aprobatorio.
  • Comisión de Agua Potable y Alcantarillado del Municipio de Chiautempan: no aprobatorio.
  • Comisión de Agua Potable y Alcantarillado del Municipio de Huamantla:
    • Del 1 de enero al 15 de julio de 2025: aprobatorio.
    • Del 16 de julio al 31 de diciembre de 2025: aprobatorio.
  • Comisión de Agua Potable y Alcantarillado del Municipio de Tlaxcala: aprobatorio.
  • Comisión de Agua Potable y Alcantarillado del Municipio de Zacatelco:
    • Del 1 de enero al 8 de mayo de 2025: aprobatorio.
    • Del 9 de mayo al 31 de diciembre de 2025: aprobatorio.

Con la aprobación de este último bloque de dictámenes, la LXV Legislatura concluyó el proceso de dictaminación de las cuentas públicas correspondientes al ejercicio fiscal 2025, con lo que culmina la revisión de los entes fiscalizables contemplados en este proceso, en cumplimiento de las atribuciones del Congreso del Estado en materia de fiscalización y rendición de cuentas.

Aprueba Congreso que la elección del Poder Judicial sea en 2028

COMUNICADO 825 LXV LEGISLATURA 14 DE AGOSTO DE 2026

Aprueba Congreso que la elección del Poder Judicial sea en 2028

Las y los diputados integrantes de la LXV Legislatura del Congreso del Estado de Tlaxcala, aprobaron por unanimidad el Dictamen con Proyecto de Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Tlaxcala, en materia de reforma al Poder Judicial.

El dictamen aprobado retoma la experiencia de la primera elección de personas juzgadoras en Tlaxcala, mejora el funcionamiento de las instituciones electorales y actualiza el marco constitucional local conforme a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Entre las principales modificaciones aprobadas se establece que la segunda etapa de renovación del Poder Judicial, prevista originalmente para 2027, se realizará en 2028, de manera coincidente con la elección judicial federal. En ese proceso se elegirán los cargos que no fueron renovados en 2025, así como las vacantes que se generen. Quienes concluyan su encargo en 2027 permanecerán en funciones hasta que rindan protesta las personas electas en 2028. La jornada electoral se llevará a cabo el primer domingo de junio de 2028.

La reforma también establece fechas y reglas para preparar el proceso electoral. El Órgano de Administración Judicial deberá informar al Congreso, a más tardar el 15 de abril del año previo a la elección, cuáles serán los cargos que se renovarán. A su vez, el Poder Legislativo deberá publicar, a más tardar el 30 de abril, la convocatoria para integrar las listas de candidaturas, en la que se definirán las etapas, plazos, cargos, criterios de evaluación, mecanismos de insaculación y medidas para garantizar la paridad de género. Además, se establece la integración y atribuciones de la Comisión Coordinadora de los Comités de Evaluación y se precisan las reglas para evaluar y seleccionar a las personas aspirantes.

De igual forma, las modificaciones fortalecen el principio de paridad de género en la postulación y asignación de cargos; precisan las características de las boletas y aspectos de la jornada electoral, escrutinio y cómputo; establecen que las personas juzgadoras que aspiren a un cargo de elección distinto deberán presentar renuncia expresa e irrevocable, e incorporan disposiciones relativas a la capacitación y actualización permanente de quienes ejercen la función jurisdiccional.

Tras la aprobación del Dictamen, se instruyó la remisión del Proyecto de Decreto a los sesenta ayuntamientos que integran al Estado de Tlaxcala para los efectos legales del Artículo 120 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Tlaxcala.

Presenta Comisión de Asuntos Electorales propuesta de reforma electoral 

COMUNICADO 824 LXV LEGISLATURA 14 DE AGOSTO DE 2026

Presenta Comisión de Asuntos Electorales propuesta de reforma electoral 

Durante la Sesión Extraordinaria Pública celebrada este 14 de agosto, las diputadas y diputados integrantes de la Comisión de Asuntos Electorales de la LXV Legislatura, presentaron ante el Pleno del Congreso del Estado la Iniciativa con Proyecto de Decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Tlaxcala.

La propuesta tiene como propósito actualizar y fortalecer el marco electoral estatal mediante reglas que otorguen mayor certeza a la organización de los procesos electorales locales, simplifiquen procedimientos, optimicen los tiempos relacionados con el registro de candidaturas y fortalezcan las condiciones institucionales para el desarrollo de los comicios.

Entre las principales modificaciones, la iniciativa propone que el proceso electoral ordinario inicie a más tardar el primer domingo de diciembre del año previo a la elección y adelantar los periodos de registro de candidaturas: del 1 al 8 de marzo para gubernatura y diputaciones locales, y del 17 al 31 de marzo para integrantes de ayuntamientos y presidencias de comunidad. También plantea adecuar los plazos para la revisión y resolución de los registros, a fin de que la autoridad electoral cuente con mayor margen antes del inicio de las campañas.

Tras su presentación ante el Pleno, esta Iniciativa fue turnada a las Comisiones Unidas de Asuntos Electorales y a la de Puntos Constitucionales, Gobernación y Justicia y Asuntos Políticos, para su estudio, análisis y dictaminación correspondiente.

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