Categoría: Comunicación Social

Aprueba Congreso de Tlaxcala licencias para separarse del cargo a diputados locales

COMUNICADO 1554 LXIV LEGISLATURA 21 DE MARZO DE 2024 

Aprueba Congreso de Tlaxcala licencias para separarse del cargo a diputados locales

  • Será a partir de la toma de protesta de los diputados suplentes, durante sesión ordinaria del día 26 del marzo del año en curso.

Durante la vigésima sesión ordinaria del Congreso del Estado de Tlaxcala, la LXIV Legislatura, aprobó los dictámenes con proyecto de Acuerdo correspondientes a las solicitudes de licencias presentadas por las y los diputados que integran esta Soberanía.

Fue en días anteriores, cuando integrantes del Congreso local, presentaron la solicitud de licencia para separarse de su cargo.

De esta manera, al aprobar dichos dictámenes, se concede licencia para separarse del cargo, sin goce de percepción alguna por tiempo indefinido a las diputadas  Reyna Flor Báez Lozano, Lorena Ruiz García, Brenda Cecilia Villantes Rodríguez, Mónica Sánchez Angulo, Maribel León Cruz, Diana Torrejón Rodríguez, Marcela González Castillo.

Así como a los diputados Miguel Ángel Covarrubias Cervantes, Bladimir Zainos Flores, Rubén Terán Águila, Vicente Morales Pérez, Ever Alejandro Campech Avelar, Miguel Ángel Caballero Yonca, Jaciel González Herrera y Lenin Calva Pérez.

Aprueba LXIV Legislatura Ley de Víctimas del Estado de Tlaxcala

COMUNICADO 1553 LXIV LEGISLATURA 21 DE MARZO DE 2024

Aprueba LXIV Legislatura Ley de Víctimas del Estado de Tlaxcala

  • La Ley garantiza la protección de los derechos humanos de las víctimas, reconocidos en la Carta Magna y en los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano es parte.

En la máxima tribuna tlaxcalteca, con motivo del desahogo de la vigésima sesión ordinaria del Pleno, las y los integrantes de la LXIV Legislatura del Congreso del Estado de Tlaxcala aprobaron, por unanimidad, la expedición de la Ley de Víctimas del Estado de Tlaxcala, conforme al dictamen que presentaron las Comisiones Unidas de Derechos humanos, Grupos Vulnerables y Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes y la de Puntos Constitucionales, Gobernación y Justicia y Asuntos Políticos.

El objeto de esta Ley es reconocer y garantizar los derechos de las víctimas del delito y de violaciones a derechos humanos, en especial los derechos a la asistencia, protección, atención, verdad, justicia, reparación integral, debida diligencia y demás consagrados en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en los Tratados Internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte.

A través de la Ley aprobada, se garantizará a las víctimas el efectivo acceso a la justicia, en estricto cumplimiento a las reglas del debido proceso; establece deberes jurídico específicos a cargo de las autoridades y de las personas que intervengan en los procesos jurisdiccionales relacionados y establece sanciones respecto al incumplimiento de sus disposiciones.

Del régimen transitorio de la Ley, destaca la disposición en la que se prevé que la persona titular del Poder Ejecutivo, por única ocasión, deberá designar o ratificar a la persona titular de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas del Estado, en el entendido de que esa designación o ratificación se otorgará por el lapso comprendido entre el día hábil siguiente a la fecha en que se efectúe y el treinta de agosto del año dos mil veintisiete.

Es pertinente señalar que la Ley en comento proviene de dos iniciativas, la primera presentada por el Diputado José Gilberto Temoltzin Martínez, y la segunda por las diputadas y los diputados Marcela González Castillo, Brenda Cecilia Villantes Rodríguez, Jorge Caballero Román, Lupita Cuamatzi Aguayo, María Guillermina Loaiza Cortero, Miguel Ángel Caballero Yonca, Rubén Terán Águila, Vicente Morales Pérez, José Gilberto Temoltzin Martínez, Juan Manuel Cambrón Soria, Mónica Sánchez Angulo, Gabriela Esperanza Brito Jiménez, Laura Alejandra Ramírez Ortiz, Blanca Águila Lima, Fátima Guadalupe Pérez Vargas, Fabricio Mena Rodríguez, Maribel León Cruz, Ever Alejandro Campech Avelar, Bladimir Zainos Flores, Lenin Calva Pérez, Reyna Flor Báez Lozano y Lorena Ruiz García, resolviéndose así los expedientes parlamentarios números LXIV 092/2023 y LXIV 063/2024, respectivamente.

La Ley en cita entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado.

Declara Congreso local conmemoración de la Semana Santa en Chiautempan, Patrimonio Cultural e Inmaterial del Estado

COMUNICADO 1552 LXIV LEGISLATURA 21 DE MARZO 2024

Declara Congreso local conmemoración de la Semana Santa en Chiautempan, Patrimonio Cultural e Inmaterial del Estado

  • Se da un paso importante para proteger, promover y celebrar esta tradición religiosa y cultural, asegurando su continuidad y relevancia en el futuro.

En la máxima tribuna tlaxcalteca, las y los integrantes de la LXIV Legislatura, aprobaron el dictamen con proyecto de Acuerdo, por el que el Congreso del Estado de Tlaxcala, declara la conmemoración de la Semana Santa en Chiautempan como patrimonio cultural e inmaterial del Estado de Tlaxcala, que presentó la Comisión de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología, que preside la diputada Laura Alejandra Ramírez Ortiz.

Al nombrar la Semana Santa en Chiautempan como Patrimonio Cultural e Inmaterial del Estado de Tlaxcala, se da un paso importante para proteger, promover y celebrar esta tradición religiosa y cultural, asegurando su continuidad y relevancia en el futuro.

Debido a que esta conmemoración constituye una de las tradiciones culturales más arraigadas en Tlaxcala, teniendo por tanto un amplio reconocimiento a nivel local, estatal, regional e incluso nacional.

Cabe señalar que la iniciativa fue presentada por integrantes de la Comisión Especial encargada de la Semana  Santa en Chiautempan, mismos que en su exposición de motivos mencionaron que éste es un evento de gran importancia económica, social, cultural y turística para la comunidad de Santa Ana Chiautempan. Con más de 70 años de tradición, la procesión cuenta con la participación de más de 4,500 personas, incluyendo grupos de representación, alabarderos, mayordomías y feligreses.

Además, esta conmemoración se ha consolidado como uno de los eventos religiosos, culturales y turísticos más importantes en el estado de Tlaxcala, compitiendo con la renombrada Semana Santa de Iztapalapa en la Ciudad de México.

En el Acuerdo aprobado por esta Soberanía, se establece que el Ayuntamiento de Chiautempan, a través de la Dirección de Protección al Patrimonio Cultural realizará las acciones que resulten necesarias para garantizar la conservación del Patrimonio Cultural e Inmaterial.

Asimismo, las autoridades municipales de Chiautempan implementarán los mecanismos y programas necesarios para proteger el patrimonio cultural e inmaterial que se establece en virtud del Acuerdo aprobado, para su salvaguarda, conmemoración y reconocimiento, considerando como parte del mismo uso, representaciones, expresiones conocimientos y técnicas, así como instrumentos y espacios culturales inherentes a su realización.

Durante su intervención, la diputada Alejandra Ramírez Ortiz señaló ”con esta declaración, se busca que Santa Ana Chiautempan se vuelva foco para que vengan más turistas a visitarnos y de esta manera tener una mayor activación económica local que le hace falta mucho a nuestros municipios para que vengan visitantes no solo nacionales sino también del extranjero”.

El presidente de la Mesa Directiva del Congreso local, instruyó al secretario parlamentario mandar a publicar el Acuerdo aprobado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Tlaxcala.

Presentan iniciativa en materia de perspectiva gerontológica

COMUNICADO 1551 LXIV LEGISLATURA 21 DE MARZO DE 2024

Presentan iniciativa en materia de perspectiva gerontológica

  • La iniciativa busca tener conceptos clave en la Ley de Atención a las Personas Adultas Mayores, la política gerontológica, la perspectiva gerontológica y la edad prospectiva.

Durante la Vigésima sesión ordinaria del Congreso del Estado de Tlaxcala la diputada Marcela González Castillo presentó la iniciativa con proyecto de Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Atención a las Personas Adultas Mayores en el Estado de Tlaxcala en materia de Perspectiva Gerontológica.

Esta iniciativa tiene por objetivo incorporar la perspectiva gerontológica, para que las políticas públicas garanticen los derechos de las personas adultas mayores, a empoderarse y a jerarquizar el saber gerontológico.

Por ello se establecerán tres conceptos clave: la política gerontológica, la perspectiva gerontológica y la edad prospectiva.

Así mismo se adicionará las fracciones, X, XI y  XII al Artículo 3, el inciso G) al Artículo 5 y se reforma la fracción V del Artículo 9, todas de la Ley de Atención a las Personas Adultas Mayores en el Estado de Tlaxcala.

Dicha iniciativa será turnada a las Comisiones Unidas de Derechos Humanos Grupos Vulnerables y Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, Comisión de Salud y Comisión de Puntos Constitucionales, Gobernación y Justicia y Asuntos Políticos para su estudio, análisis y dictamen correspondiente.

Aprueban Comisiones Unidas dictamen para expedir Ley de Víctimas del Estado

COMUNICADO 1550 LXIV LEGISLATURA 20 DE MARZO 2024 

Aprueban Comisiones Unidas dictamen para expedir Ley de Víctimas del Estado

  • El dictamen será presentado en próximos días ante el Pleno del Congreso del Estado.

Este miércoles, en el Salón Rojo del Recinto Legislativo Local, las y los integrantes de las Comisiones Unidas de Derechos Humanos, Grupos Vulnerables y Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes y la de Puntos Constitucionales, Gobernación y Justicia y Asuntos Políticos, que presiden las diputadas Diana Torrejón Rodríguez y Reyna Flor Báez Lozano, respectivamente, aprobaron el dictamen con proyecto de Ley de Víctimas del Estado de Tlaxcala.

Después de estudiar y analizar las iniciativas correspondientes a los expedientes parlamentarios LXIV 092/2023 y LXIV 073/2024, se realizaron observaciones a las propuestas contenidas en ambos documentos, mismas que fueron tomadas en consideración en el dictamen.

Con la aprobación del dictamen se busca expedir la Ley de Víctimas del Estado de Tlaxcala, a fin de reconocer y garantizar los derechos de las víctimas de violaciones a los derechos humanos y de la comisión de delitos, de forma congruente con la Ley General de Víctimas, y en última instancia con la Constitución Política Federal y los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte. Además, se regulará la participación de esta entidad federativa en el Sistema Nacional de Víctimas.

Para dar seguimiento al trámite legislativo, el dictamen se remitirá a la presidencia de la Mesa Directiva, así como a la de la Junta de Coordinación y Concertación Política.

Exhorta Congreso a diversos municipios para que expidan o armonicen sus reglamentos en materia de Bienestar Animal

COMUNICADO 1549 LXIV LEGISLATURA 19 DE MARZO DE 2024

Exhorta Congreso a diversos municipios para que expidan o armonicen sus reglamentos en materia de Bienestar Animal

  • Se facultó al Secretario Parlamentario del Congreso del Estado de Tlaxcala, para que comunique el contenido del Acuerdo a los Presidentes Municipales.

Durante la Décima novena sesión ordinaria del Congreso del Estado de Tlaxcala, las y los integrantes de LXIV Legislatura aprobó exhortar a los municipios que no cuenten con un Reglamento de Bienestar Animal a que lo expidan o armonicen con las disposiciones contenidas en la Ley de Bienestar Animal del Estado de Tlaxcala.

La iniciativa con proyecto de Acuerdo fue presentada por la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales tiene como efecto que los municipios encuentren armonía con la Ley de Bienestar Animal para el Estado de Tlaxcala y sus reglamentos. No obstante, los municipios contaban con sesenta días, a partir de la entrada en vigor del Decreto.

A pesar de haber concluido el término establecido en el transitorio referido, 26 de los 60 municipios han sido omisos en expedir y publicar su Reglamento Municipal en Materia de Bienestar Animal. Cabe resaltar que la iniciativa fue presentada por el diputado Bladimir Zainos Flores.

Es por ello que se exhorta a los municipios de Apizaco, Chiautempan, Cuapiaxtla, El Carmen Tequexquitla, Españita, Ixtenco, Mazatecochco De María Morelos, San Juan Huactzinco, Teolocholco, Tepetitla De Lardizábal, Tepeyanco, Terrenate, Tetla De La Solidaridad, Tlaxco, Tocatlán, Xaloztoc, Xaltocan, Zacatelco, Zitlaltepec De Trinidad De Sánchez Santos, Atltzayanca, La Magdalena Tlaltelulco, Nativitas, Panotla, San José Teacalco, Santa Cruz Quilehtla y Tetlatlahuca, del estado de Tlaxcala.

Se facultó al Secretario Parlamentario del Congreso del Estado de Tlaxcala, para que comunique el contenido del presente Acuerdo a los Presidentes Municipales referidos, para los efectos legales conducentes.

Exhorta Congreso local a municipios para promover e implementar la separación de residuos sólidos urbanos

COMUNICADO 1548 LXIV LEGISLATURA 19 DE MARZO 2024 

Exhorta Congreso local a municipios para promover e implementar la separación de residuos sólidos urbanos

  • También se les exhorta para que armonicen sus reglamentos para la implementación de la Ley de Protección al Medio Ambiente y Desarrollo Sostenible local.

Durante la décima novena sesión ordinaria del Congreso del Estado de Tlaxcala, las y los integrantes de la LXIV Legislatura, aprobaron el dictamen con proyecto de Acuerdo, por el que se exhorta a los ayuntamientos de los municipios del Estado a que fortalezcan las acciones en materia ambiental, el cual fue presentado por la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales.

De esta manera, se exhorta respetuosamente a los ayuntamientos de los municipios del estado de Tlaxcala, para que, a través de las autoridades competentes, fortalezcan las acciones necesarias, para promover e implementar, la separación de residuos sólidos urbanos, y para que armonicen sus Reglamentos, para la implementación de la Ley de Protección al Medio Ambiente y Desarrollo Sostenible del Estado de Tlaxcala, dando cumplimiento a los artículos, 4 fracción III, y 14, de la Ley de Residuos del Estado de Tlaxcala y quinto transitorio, de la Ley de Protección al Medio Ambiente y Desarrollo Sostenible, del Estado de Tlaxcala.

Se instruyó al secretario Parlamentario del Congreso del Estado de Tlaxcala, para que comunique el contenido del Acuerdo a los Presidentes Municipales, para los efectos legales conducentes, asimismo se mandó a publicar en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Tlaxcala.

Aprueban LXIV Legislatura al Municipio de Huamantla, desincorporar vehículos de su patrimonio

COMUNICADO 1547 LXIV LEGISLATURA 19 DE MARZO DE 2024

Aprueban LXIV Legislatura al Municipio de Huamantla, desincorporar vehículos de su patrimonio

  • Autorizó el Congreso del Estado desincorporar y enajenar las unidades vehiculares que han terminado su ciclo de vida útil.

En la máxima tribuna tlaxcalteca, la LXIV Legislatura del Congreso del Estado de Tlaxcala autorizó al Ayuntamiento de Huamantla la desincorporación del patrimonio municipal y la enajenación, mediante contrato o contratos de compraventa, de cuarenta y seis unidades vehiculares, propiedad del Municipio de Huamantla, Tlaxcala.

Lo anterior fue así, en atención al oficio número DESPACHO/0416/2023/SP signado por Juan Salvador Santos Cedillo, Presidente Municipal de Huamantla, Tlaxcala, con fundamento en lo establecido en la Ley Municipal del Estado de Tlaxcala y la Ley de Patrimonio Público, solicitó autorización para efectuar la desincorporación del patrimonio municipal de cuarenta y seis unidades vehiculares, para cumplir con lo previsto en el numeral 83 fracción II de la Ley Municipal del Estado, se aprobó que de los recursos que se obtengan por la venta de los bienes a desincorporar, se destinen a la ejecución de obra pública, en beneficio del Municipio de Huamantla.

Derivado de la inspección ocular, se concluye que todas las unidades automotoras han cumplido su ciclo de uso normal, lo cual hace inviable que continúen en servicio activo al cual se destinaron, esto previsto en el contenido de la “guía de vida Útil y Porcentaje de Depreciación, que prevé la Ley General de Contabilidad Gubernamental.

De esta manera, el Poder Legislativo autorizó este procedimiento de desincorporación y enajenación de bienes, en lo conducente en apego al marco normativo aplicable.

Establece LXIV Legislatura regulación procedimental y montos correspondientes al denominado Haber de Retiro del TSJE

COMUNICADO 1546 LXIV LEGISLATURA 19 DE MARZO 2024

Establece LXIV Legislatura regulación procedimental y montos correspondientes al denominado Haber de Retiro del TSJE

  • Se adiciona un Tercer párrafo al artículo 15 de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Tlaxcala.

Durante la décima novena sesión ordinaria del Congreso del Estado de Tlaxcala, las y los integrantes de la LXIV Legislatura, aprobaron el dictamen con proyecto de Decreto por el que se adiciona un Tercer párrafo del artículo 15 de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Tlaxcala en materia de Haber de Retiro, que presentó la Comisión de Puntos Constitucionales, Gobernación y Justicia y Asuntos Políticos, que preside la diputada Reyna Flor Báez Lozano.

Con la aprobación de este dictamen, se establece en la legislación sustantiva, la regulación procedimental, así como los montos correspondientes al denominado Haber de Retiro de las Magistradas y Magistrados del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Tlaxcala.

De esta manera, se adiciona que “al finalizar su encargo, quien haya ejercido el cargo de titular de alguna Magistratura del Tribunal Superior de Justicia del Estado, tendrá derecho a un haber de retiro, tomando como referencia el salario base, así como la correspondiente percepción complementaria mensual, aguinaldo anual, prima vacacional, bono anual y bono anual especial, de acuerdo a los porcentajes establecidos”.

Por lo que, para el primer año, recibirá el setenta por ciento de las percepciones anteriormente mencionadas, en razón de su carácter de Magistrada o Magistrado. En cuanto al segundo año, recibirá el sesenta por ciento y en el tercer año, recibirá el cincuenta por ciento de las percepciones ya mencionadas.

La mecánica y el procedimiento para su entrega, se realizará de conformidad con los lineamientos y acuerdos administrativos aplicables en materia de remuneraciones del Tribunal.

El Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Tlaxcala. Asimismo, para efectos de cumplimiento de la dictada en el juicio de amparo indirecto radicado en el expediente número 1171/2022, del Juzgado Primero de Distrito en el Estado, se instruyó informar a ese Órgano  Jurisdiccional el contenido de este Decreto, después que inicie su vigencia, para que tenga por cumplimentada la indicada resolución, en lo conducente.

Cabe señalar, que la propuesta fue presentada por el diputado Fabricio Mena Rodríguez.

Aprueban diputados de la LXIV Legislatura crear la Fiscalía General de Justicia del Estado de Tlaxcala

COMUNICADO 1545 LXIV LEGISLATURA 19 DE MARZO DE 2024

Aprueban diputados de la LXIV Legislatura crear la Fiscalía General de Justicia del Estado de Tlaxcala

  • La iniciativa reforma y adiciona diversas disposiciones para cambiar la actual Procuraduría General de Justicia del Estado e iniciar la nueva Fiscalía.

Este martes, durante la décimo novena sesión ordinaria del Congreso del Estado de Tlaxcala las y los diputados integrantes de la LXIV Legislatura aprobaron el dictamen con proyecto de Decreto por el que se reforman y se adicionan diversas disposiciones de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Tlaxcala, a efecto de crear la Fiscalía General de Justicia del Estado, que presentaron, separadamente y en su orden, los diputados Miguel Ángel Covarrubias Cervantes, Juan Manuel Cambrón Soria y Fabricio Mena Rodríguez, correspondientes a los expedientes parlamentarios LXIV 099/2021, LXIV 007/2023 y LXIV 036/202.

Con ello, se reforman y adicionan diversas disposiciones a la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Tlaxcala, para crear la Fiscalía General de Justicia del Estado, con la naturaleza de un órgano autónomo, en el entendido de que en dicha Fiscalía se constituirá la institución del Ministerio Público, sustituyendo a la actual Procuraduría General de Justicia del Estado de Tlaxcala.

Por lo anterior se reforma el párrafo séptimo del artículo 20, las fracciones XXVI y LXII del artículo 54, los artículos 71, 72,73, 74 y 76, el párrafo tercero del artículo 78, el inciso d) de la fracción Ill del artículo 81, la fracción VI del párrafo primero del artículo 83, la fracción V del párrafo primero del artículo 106, el artículo 109 y el párrafo segundo del artículo 113, y se adicionan una fracción LXIII, recorriéndose en su orden la actual, al artículo 54, un artículo 54 Bis, una fracción XIII Bis al artículo 70, un artículo 73 Bis, un artículo 74 Bis, un Capítulo V denominado “DE LA FISCALÍA GENERAL DE JUSTICIA DEL ESTADO” al Título VIII, un artículo 97 Ter, un artículo 97 Quáter, un artículo 97 Quinquies y un artículo 97 Sexies, todos a la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Tlaxcala.

La Fiscalía General de Justicia del Estado deberá comenzar operaciones a más tardar el 1 de agosto de 2024, y la Procuraduría General de Justicia del Estado continuará encargándose de la función ministerial hasta que inicie sus funciones la Fiscalía General de Justicia del Estado.

El Congreso del Estado de Tlaxcala deberá expedir la Ley Orgánica de la Fiscalía General de Justicia del Estado de Tlaxcala, en un término improrrogable que no excederá del 30 de junio del 2024.

El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Tlaxcala.