COMUNICADO 573 LXV LEGISLATURA 11 DE DICIEMBRE 2025
Impulsa Miriam Martínez licencias laborales y escolares por dolor menstrual incapacitante
Durante la sesión ordinaria de este día, la diputada Miriam Esmeralda Martínez Sánchez, presentó ante el Pleno del Congreso del Estado la Iniciativa para reformar y adicionar diversas disposiciones de la Ley de Salud del Estado de Tlaxcala, la Ley de Educación para el Estado de Tlaxcala y la Ley Laboral de los Servidores Públicos del Estado de Tlaxcala y sus Municipios, con el propósito de establecer un marco jurídico integral en materia de menstruación digna.
La legisladora expuso que la propuesta tiene como eje incorporar la gestión menstrual como un tema de salud pública y de derechos humanos, incluyendo la provisión de productos gratuitos, la mejora de infraestructura sanitaria, la atención médica especializada, la creación del Programa Estatal de Gestión Menstrual Digna, así como la implementación de campañas permanentes de concientización para eliminar estigmas y prácticas discriminatorias. Asimismo, la iniciativa reconoce el dolor menstrual incapacitante como causal válida para la concesión de licencias laborales con goce de sueldo.
De igual forma, en materia educativa, la diputada Martínez Sánchez planteó reformar la Ley de Educación para incorporar la educación integral en salud menstrual como contenido obligatorio en todos los tipos y niveles educativos, con perspectiva de género, enfoque científico e intercultural, a fin de erradicar prácticas discriminatorias y combatir la pobreza menstrual desde la formación escolar.
Tras su presentación, la Mesa Directiva turnó la iniciativa a las Comisiones de Salud; Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología; y a la de Puntos Constitucionales, Gobernación y Justicia y Asuntos Políticos, para su estudio, análisis y dictamen correspondiente.






En su exposición ante el Pleno, el diputado González Herrera destacó que, si bien la pirotecnia forma parte de las tradiciones y manifestaciones culturales del país, su uso también genera afectaciones ambientales, riesgos a la salud humana, impactos negativos en los ecosistemas y daños en animales domésticos y silvestres. Asimismo, expuso que Tlaxcala se encuentra entre las entidades con mayor número de incidentes relacionados con la manipulación inadecuada de estos artefactos, por lo que consideró necesario impulsar acciones preventivas desde el ámbito local.
En su exposición de motivos, Báez Lozano señaló que la revisión de mochilas se ha llevado a cabo previamente en diversos planteles del Estado con la autorización de madres, padres y tutores; no obstante, destacó que aún no existe una regulación legal que otorgue certeza jurídica a esta práctica. En ese sentido, la iniciativa plantea incorporar un Capítulo I Bis a la Ley de Educación para el Estado de Tlaxcala, a fin de que estas acciones se realicen mediante un protocolo preventivo, informado y respetuoso de los derechos humanos, elaborado por la autoridad educativa local, en coordinación con la Comisión Estatal de Derechos Humanos.
Gabriela Hernández destacó que el cuidado debe entenderse como una actividad esencial para el bienestar y desarrollo integral de todas las personas a lo largo de su vida, reconociendo su carácter público, social y económico. Precisó que la propuesta busca generar mecanismos de corresponsabilidad entre instituciones, familias, comunidades y sociedad para garantizar condiciones dignas en el trabajo de cuidados, ya sea remunerado o no remunerado.
Durante su exposición, la diputada explicó que actualmente la legislación estatal no contempla lineamientos específicos para atender estas pérdidas, pese a que representan un impacto profundo en la salud mental y física de quienes la viven. Por ello, su propuesta plantea medidas como atención diferenciada, comunicación empática, capacitación profesional continua, así como la creación de Habitaciones Mariposa y Salas de Despedida para evitar situaciones que incrementen el dolor emocional.
La legisladora señaló que la legislación de salud local no distingue esos tipos de diabetes, a pesar de que la Diabetes tipo 1 es autoinmune, no prevenible y predominante en la niñez, lo cual, exige un protocolo de tratamiento distinto al de la diabetes tipo 2 asociada estilos de vida, que es prevenible y generalmente incide en adultos; por lo que, la falta de diferenciación expone a los pacientes, especialmente a los menores, a riesgos graves como la cetoacidosis diabética.
Como parte de la exposición de motivos, el legislador destacó que la armonización normativa es indispensable debido al incremento sostenido de casos de extorsión en diversas entidades del país, lo que ha obligado a establecer un marco legal homogéneo que permita a las autoridades locales y federales actuar bajo los mismos criterios. Resaltó además que la Ley General contempla sanciones superiores a las vigentes en la legislación estatal, así como medidas específicas de protección a víctimas, ofendidos y testigos, elementos que modernizan y fortalecen el sistema de justicia penal.